Ley N°21.015. Incentiva la Inclusión de Personas con Discapacidad al Mundo Laboral. Cuota de Empleo - Chile

2017 | Tipo de instrumento político: Políticas y programas

Artículo 157 bis.- Las empresas de 100 o más trabajadores deberán contratar o mantener contratados, según corresponda, al menos el 1% de personas con discapacidad o que sean asignatarias de una pensión de invalidez de cualquier régimen previsional, en relación al total de sus trabajadores.

Información Adicional

Ejes de desigualdad: Personas con discapacidad

País: Chile

Temas: Trabajo, Derechos económicos, Personas con discapacidad

Alcance territorial: Nacional