Sistema Nacional Integrado de Cuidados SNIC - Uruguay
2015 | Tipo de instrumento político: Estrategias y planes
El SNIC fue creado mediante la Ley N° 19.353 del año 2015 y es concebido como un sistema interinstitucional, con múltiples actores intervinientes a nivel del gobierno central, gobiernos departamentales, actores privados y organizaciones de la sociedad civil cuyas acciones deben realizarse de manera coordinada. De acuerdo con el Art. 9, el sistema pretende: promover el desarrollo de la autonomía de las personas dependientes, su atención y asistencia a través de acciones y medidas basadas en la solidaridad y la corresponsabilidad entre familias, Estado, comunidad y mercado. El Sistema reconoce asimismo el valor social de las personas que realizan tareas de cuidados. En el año 2016 se aprobó el Plan Nacional de Cuidados 2016-2020 con cinco componentes alineados a los objetivos del SNIC que se orientan a: la provisión de servicios, la formación de profesionales de cuidado, la regulación, la gestión de la información y el conocimiento, y comunicación. Por ejemplo, en lo que se refiere a servicios, puede implicar la expansión de servicios ya existentes, como los de cuidado infantil, o la creación de nuevos. En cuanto a la formación, el SNIC busca valorizar y profesionalizar las tareas de cuidados, ofreciendo cursos para los nuevos servicios, como son los asistentes personales. Los objetivos del SNIC reflejan la importancia de una implementación coordinada de actores, y que se reiteran al analizar a su población objetivo: i) quienes se encuentren en situación de dependencia, (personas que requieran apoyos específicos para el desarrollo de sus actividades y la satisfacción de necesidades básicas niños y niñas de 0 a 12 años, personas con discapacidad y 70 mayores de 64 años dependientes) y ii) quienes prestan servicios de cuidados. Para efectos de coordinación, el SNIC está organizado en tres instancias. Primero: la Junta Nacional de Cuidados, orientada al nivel estratégico, establece responsabilidades entre distintos actores y se fijan plazos de trabajo. Está integrada por los Ministerios de Desarrollo Social (quien preside); de Educación y Cultura; de Trabajo y Seguridad Social; de Salud Pública y de Economía y Finanzas; así como la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; la Administración Nacional de Educación Pública; el Banco de Previsión Social; el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU), la Secretaría Nacional de Cuidados y el Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres). Estas dos últimas instituciones participan con voz, pero sin voto. En segundo lugar, y como órgano ejecutivo de la Junta está la Secretaría Nacional de Cuidados que funciona bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Social. Se trata del órgano ejecutor del sistema; tiene a su cargo la articulación, coordinación, y supervisión de las políticas de cuidados, así como la asignación de las partidas presupuestales. Aquí funcionan las llamadas Comisiones Interinstitucionales, integradas por organismos públicos con competencias específicas en el diseño y ejecución de políticas de las distintas poblaciones objetivo. Y en tercer lugar está el Comité Consultivo, que asesora a la Secretaría acerca de las mejores prácticas para implementar las políticas y alcanzar los objetivos del Sistema. Está compuesto por trabajadores del sector, miembros de la sociedad civil y representantes del sector privado y de la academia.
Información Adicional
Institucionalidad social: Coherencia y coordinación
País: Uruguay
Temas: Instituciones sociales, Protección y seguridad social, Economía del cuidado
Alcance territorial: Nacional
Agencia responsable: Gobierno